Gobierno promulga ley que restringe el uso de celulares en colegios públicos y privados

Norma busca reducir la exposición a Internet, prevenir el ciberacoso y promover entornos escolares más seguros. Directores deberán implementar protocolos y colocar avisos visibles en los colegios.

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El Ejecutivo tendrá 60 días para reglamentarla. l Foto: Difusión.

El Gobierno de Dina Boluarte promulgó este viernes la Ley N.° 32385, que regula el uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos similares en todas las instituciones y programas educativos de la Educación Básica, tanto en colegios públicos como privados.

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, establece la restricción del uso de estos equipos durante las clases, como medida para reducir la sobreexposición a Internet, prevenir el ciberbullying, evitar riesgos en la salud física y mental de los estudiantes, y fomentar espacios saludables de socialización.

Uso restringido, salvo excepciones

De acuerdo con la ley, el uso de celulares y otros dispositivos electrónicos quedará restringido durante el proceso de enseñanza-aprendizaje en las aulas de primaria y secundaria. Sin embargo, se permitirá su utilización en dos casos específicos: cuando el colegio lo autorice expresamente con fines académicos o cuando se trate de estudiantes con necesidades educativas especiales, debidamente justificadas.

Protocolos y avisos obligatorios

La norma encarga a los directores de las instituciones educativas la implementación de protocolos de actuación para garantizar el cumplimiento de la ley. Además, deberán supervisar su aplicación y establecer medidas correctivas, considerando criterios de gradualidad, reiteración y proporcionalidad.

Asimismo, todos los colegios –públicos y privados– deberán colocar en lugares visibles, como las entradas principales, un aviso con el siguiente mensaje:

“El uso de teléfonos celulares en horarios de clase se encuentra restringido para los escolares, salvo autorización expresa de la institución educativa”.

Reglamento en 60 días

Finalmente, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo máximo de 60 días calendario para aprobar el reglamento de la ley, a través de los ministerios de Educación y de Salud.

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