Congreso aprobó retiro de la CTS: ¿Desde cuándo se podrá acceder al fondo?

En el año 2022 se aprobó el retiro libre de la CTS, posponiéndose su implementación hasta el 31 de diciembre de 2023.

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Un trabajador puede retirar su CTS por dos motivos: al momento de cesar en su empleo o al acumular cuatro sueldos para retirar el excedente. l Foto: Difusión.

El Congreso de la República aprobó este jueves el dictamen que permite la libre disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de este año. Esta medida fue priorizada en la sesión del Pleno después de la aprobación por parte de la Junta de Portavoces.

Una vez aprobada por el Congreso, la iniciativa será enviada al Ejecutivo, quien tiene un plazo de 15 días para observarla o publicarla como ley. Si es aprobada y se convierte en ley, el Ejecutivo tiene un máximo de 10 días calendario desde su entrada en vigor para publicar el reglamento correspondiente. Será a partir de la publicación de dicho reglamento que los trabajadores podrán acceder a sus fondos de la CTS.

Cabe destacar que en el año 2022 se aprobó el retiro libre de la CTS, posponiéndose su implementación hasta el 31 de diciembre de 2023. En ese momento, hubo un lapso de aproximadamente un mes entre la aprobación del Congreso y la promulgación del reglamento correspondiente. Si se sigue ese mismo escenario, es posible que los trabajadores puedan acceder a sus fondos a partir de la primera semana de junio.

Es importante tener en cuenta que estos plazos y fechas podrían estar sujetos a modificaciones o ajustes dependiendo de los procedimientos y tiempos establecidos por las autoridades correspondientes.

Lo que debes saber de tu CTS

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio otorgado a los trabajadores del sector privado, calculado en base al promedio de los sueldos percibidos durante los seis meses que abarca cada período. En consecuencia, se promedia el salario desde noviembre hasta abril para el depósito de mayo, o desde mayo hasta octubre para el depósito en noviembre. Además, se suma la sexta parte de la última gratificación recibida.

Según el portal Comparabien, los bancos ofrecen tasas de interés que van desde el 1% hasta el 6.50%. En el caso de las cajas y financieras, las tasas oscilan entre el 5% y el 8.5%, mientras que en las cooperativas se sitúan entre el 6.5% y el 8.5%. Antes de elegir una entidad, es recomendable comparar qué institución ofrece una mayor tasa de interés.

Además de los retiros extraordinarios, un trabajador puede retirar su CTS por dos motivos: al momento de cesar en su empleo o al acumular cuatro sueldos para retirar el excedente.

Es importante tener en cuenta que, en caso de no retirar la CTS, el banco cobrará una comisión o tasa de mantenimiento por mantenerla en su custodia, lo que implica una disminución del monto acumulado. Por lo tanto, es recomendable buscar alternativas de inversión para rentabilizar el dinero.

Por otro lado, el banco solo puede retener la CTS si el trabajador ha sido despedido por un perjuicio en la empresa y enfrenta una demanda legal. Según la legislación peruana, las entidades financieras pueden retener los fondos de la CTS si la persona tiene una deuda que supera el límite legal de S/ 2,075.

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