Poder Judicial podrá retener dinero de las AFP a padres que tengan deuda alimentaria

Así lo ha detallado la Jefa del Registro Nacional de Justicia, Vicky Távara, en el contexto del retiro de hasta 4 UIT de la AFP.

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El Poder Judicial ha dispuesto que se podrá retener el 30% del retiro de la Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de aquellos padres que tengan deuda alimentaria. El mandato judicial obedece a la necesidad de abordar los respectivos pagos en favor de los menores.

Vicky Távara Cavero, jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), explicó que mediante una demanda de alimentos se podrá retener el 30 % del retiro de la AFP en beneficio de los menores cuyos gastos no son cubiertos por su progenitor.

Asimismo, el mandato judicial debe cumplirse en su totalidad. “Si el juez lo establece en su sentencia, aunque el demandante no retire el monto dispuesto por el Congreso, el 30 % de esa suma será retenido para cubrir la deuda alimentaria”, indicó.

Es importante destacar que esto se debe a la reciente ley que modifica el Código Procesal Civil, la cual permite al juez de familia tener acceso a la información económica de los demandados en tiempo real en sus centros de trabajo, además de otros pagos como gratificaciones y vacaciones.

“Esta modificación permitirá que los procesos sean más rápidos. Como se sabe, son procesos de alimentos que garantizan los derechos fundamentales del menor. Por lo tanto, esta medida permitirá al juez obtener información en línea y en tiempo real sobre los bienes del demandado registrados en Sunarp, como sus ingresos y si le corresponde gratificación, a través del Ministerio de Trabajo. Esa es la importancia”, enfatizó.

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